¿Qué es La Ley Olimpia ?

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Es un conjunto de reformas realizadas a los Códigos Penales de las entidades federativas, en México,  así como a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Se reconoce dentro de ésta ley, la violencia digital como un tipo de delito. Fué aprobada el 3 de diciembre de 2019 s en el congreso de la Ciudad de México

La violencia digital definida en el artículo 7° de la Ley general de Acceso de las mujeres a una vida libre, consiste en actos de acoso, hostigamiento, amenazas, vulneración de datos e información privada, así como la difusión de contenido sexual , sin el consentimiento o mediante engaños a una persona.

¿Cómo surgió?

La Ley Olimpia surge a través de un video íntimo de Olimpia Melo Cruz, el cual fue difundido en redes sociales en el año 2014 por su anterior pareja, sin el consentimiento de ella.

Esto generó que se sintiera humillada por las constantes burlas e insultos que recibía, por tal motivo, Olimpia, junto otras mujeres que habían sufrido acoso, impulsaron una iniciativa de Ley en Puebla, para reformar el Código Penal de dicha entidad federativa, logrando que se discutiera y que el legislador local la llevará a cabo en el año 2018.

¿Qué sanciona la Ley Olimpia?

Violencia digital, que consiste en: Vídeo grabar, audio grabar y fotografiar, filmar o elabore imágenes, audios o videos, reales o simulados, de contenido sexual íntimo de una persona sin su consentimiento o mediante engaño.

Exponer, distribuir, difundir, exhibir, reproducir, transmitir, comercializar o compartir imágenes, audios o videos de contenido sexual íntimo de una persona sin su consentimiento mediante materiales impresos, correo electrónico, mensajes telefónicos, redes sociales o cualquier medio tecnológico.

Además, divulgar cualquier tipo de contenido sexual que atente contra la integridad, la dignidad, la intimidad, la libertad, la vida privada de las mujeres o cause daño psicológico, económico o sexual, tanto en el ámbito privado como en el público, además del daño moral tanto a ellas como a sus familias. 

Actualmente, ya son 29 estados de la República Mexicana, en los cuales La Ley Olimpia está vigente, dentro de los cuales destacan: Puebla, Yucatán, Ciudad de México, Oaxaca, Nuevo León, Querétaro, Baja California Sur, Aguascalientes, Estado de México, Guerrero, Coahuila, Chiapas, Zacatecas, Veracruz, Guanajuato y Tlaxcala.

Se sanciona con una pena de cuatro a seis años de prisión y una multa de entre 42 mil 245 y 84 mil 490 pesos. Las penas se agravarán en una mitad cuando la víctima sea familiar hasta el tercer grado o haya existido una relación sentimental o de confianza, educativa o laboral entre el agresor y la víctima.

En el momento en el Ministerio Público identifique violencia digital ordenará de manera inmediata a las plataformas digitales, redes sociales o páginas electrónicas, la interrupción, bloqueo o destrucción del contenido. También sanciona a los servidores públicos que cometan alguna de las conductas marcadas en la ley.